Compraste una moto y no ves la hora de salir a probarla. Podemos entender tu entusiasmo, pero tenés que saber que antes de sacar a la calle el vehículo debe contar con el seguro obligatorio. ¿Cómo se llama ese seguro? Se llama Seguro contra Terceros y es necesario para la circulación de cualquier vehículo en Argentina. Te contamos de qué se trata.
Contrata un Seguro contra Terceros para tu moto
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece que todos los vehículos para circular en calle y rutas deben contar con un Seguro contra Terceros. Este seguro es obligatorio. Si tu vehículo se encuentra en una concesionaria o agencia de venta, debes contratar de antemano el seguro. Sin esta cobertura el vehículo no puede salir a la calle, ni de la agencia en donde la compraste.
Se trata de un contrato que se realiza por parte de un particular o de una empresa con una compañía de seguros. Los vehículos contemplados por esta ley son: motocicletas, autos, acoplado, camiones, colectivos y semiacoplado. Es decir, la gran parte de unidades que podemos ver en la calle y en las rutas. La función de esta cobertura es, entre otras, poder responder ante el daño realizado a un tercero.
En la vía pública se pueden identificar al menos 5 actores: ciclista, peatón, conductor de automotor y motociclista. Cada uno de ellos utiliza las veredas, calles y rutas para trasladarse de un lugar hacia otro. Por distintos motivos, ocurren accidentes de tránsito. Cuando estos ocurren, las coberturas de Seguros contra Terceros intervienen brindando los amparos que correspondan.
Existe una disposición de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) en la cual se insta a los comerciantes y concesionarias de motos a completar un formulario online. En este Formulario Digital Motocicletas 0KM, se solicita a quienes venden estos vehículos verificar que todas las motos vendidas en nivel nacional, cuenten con este el seguro obligatorio. Esto significa que para hacer uso de tu moto nueva, tenés que contar con esta cobertura de renovación anual. Esta disposición entró en vigencia el 9 de octubre de 2023. Podés leerla acá.
¿Qué hace un Seguro contra Terceros?
Ya sabes que para poder sacar tu motocicleta nueva de una agencia o concesionario, el vendedor tiene que haber registrado sus datos en el Formulario Digital Motocicletas 0KM. De la misma manera, este vehículo debe contar con un Seguro contra Terceros, ya que es obligatorio para salir a la calle.
El objetivo de esta disposición es seguir mejorando la seguridad vial de los conductores, ciclistas y peatones. Al mismo tiempo, se espera que aquellos conductores de motos que tengan un accidente de tránsito, puedan afrontar los costes de los daños. De esta manera, se le otorga a los motociclistas, la misma responsabilidad vial que a los conductores de automóviles.
Respondiendo a la pregunta inicial, un Seguro contra Terceros te ampara mediante una cobertura. Esta cobertura te otorga una suma de dinero para pagar los gastos de las lesiones causadas por un accidente. Es un contrato con una compañía de seguros, en la que el contratante se compromete a pagar una cuota (llamada prima). Mediante esta, la compañía está obligada a darte el dinero para pagar los gastos de los daños.
Los daños pueden ser partes de otros vehículos y lesiones que puedan sufrir las personas. Hacemos esta aclaración porque la cobertura incluye todos los daños, de objetos y personas en calidad de conductores, peatones y ciclistas afectados. Para circular, debés llevar el comprobante del seguro al igual que licencia de conductor y otras identificaciones.
Documentación para salir en la calle con la moto
Para salir a la calle con tu moto nueva debes llevar la siguiente documentación: licencia de conducir, tarjeta verde (o azul o poder autorizado por escribano) y el comprobante del pago del Seguro contra Terceros. Ya sabes que el seguro obligatorio es de renovación anual, pero ¿Qué pasa si te olvidaste de pagarlo y chocás en la calle? El seguro te cubre igualmente, por eso, no salgas a la calle con la moto sin él.
Si contratas esta cobertura por primera vez, y querés estar seguro de que no te falta nada, te contamos qué información te tiene que entregar la aseguradora. Junto con el contrato del seguro o póliza, debes contar con esta información:
– Número de endoso y póliza
– Datos del promotor de seguros: nombre, teléfono y domicilio
– La fecha de vigencia (día que comienza la cobertura, día y hora de finalización)
– Datos del vehículo asegurado: tipo (moto), la patente (o dominio), la marca, número de serie del motor y de chasis.
Recordá que: el Seguro contra Terceros te cubre en caso de daño moral, emergente y lucro cesante que perjudique a terceros. No están incluidos los daños materiales que el accidente le haya provocado a tu moto. Es decir, rotura o lesiones materiales en la carrocería, motor o en cualquier otra parte del vehículo. Para que estos daños estén cubiertos deberás ampliar la cobertura de tu póliza de seguros.
Si querés saber más sobre los seguros obligatorios para motos aprobados por la Superintendencia de Seguros de la Nación, ingresa acá. ¿Tenés consultas sobre accidentes de tránsito en moto? ¿Necesitás asesoramiento legal? Comunicate con nosotros desde todo el país las 24 horas a nuestra línea: 011-5246-5000.